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Vía Mendoza / Corte Suprema

La reforma de la Suprema Corte es Ley

El proyecto que modificará la Corte Suprema de Justicia de Mendoza fue aprobado por amplia mayoría.

La reforma de la Suprema Corte es Ley
(Los Andes )
autor avatarRedacción Vía MendozaSeguinos enGoogle
18 de octubre de 2022, 21:42
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El proyecto de reforma de la Corte Suprema fue aprobado con 34 votos a favor y uno en contra en la cámara de senadores. De esta forma comenzará a regir la propuesta que modifica la ley 4.969 y reorganiza el funcionamiento de las salas de la Suprema Corte.

Luego de un extenso debate, el principal cambio que sufrió el proyecto presentado por el oficialismo fue la eliminación de las salas especializadas de la Suprema Corte.

Ministros de la Suprema Corte expusieron sobre la reforma de la Suprema Corte

Los Ministro de la Suprema Corte, Omar Palermo y Mario Adaro, se presentaron ante los diputados y senadores dentro de la comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales (LAC). 
En la foto Juez José Valerio

Foto: Orlando Pelichotti
Ministros de la Suprema Corte expusieron sobre la reforma de la Suprema Corte Los Ministro de la Suprema Corte, Omar Palermo y Mario Adaro, se presentaron ante los diputados y senadores dentro de la comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales (LAC). En la foto Juez José Valerio Foto: Orlando Pelichotti (Orlando Pelichotti)

De esta forma la ley dictamina que paulatinamente se deberán ir eliminando las salas especializadas por lo que desde julio de 2023 las causas que lleguen a esta instancia superior se sorteen entre los siete magistrados que integran el tribunal.

La fecha límite para la implementación de este cambio será el 31 de diciembre del 2023 sin posibilidad de prórroga.

Marcelo Rubio, presidente de la Comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales, explicó: “Con este proyecto, lo que intentamos es brindarle mayor agilidad a la Corte”, ya que antes se dividían en dos salas, las causas entraban a una los primeros 15 días hábiles del mes y las siguientes entraban a la sala II.

Cuáles son los puntos clave de la reforma de la Suprema Corte

El proyecto había sido presentado por el Gobernador Rodolfo Suárez, pero fue modificado por la cámara de justicia. Los siete jueces integrantes de la Suprema Corte de Mendoza llegaron a un consenso sobre qué puntos modificar para realizar la reforma.

La Legislatura (Cámara de Senadores), trató  el proyecto de ley para reformar el funcionamiento de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza 
Lucas Ilardo

Foto: Orlando Pelichotti
La Legislatura (Cámara de Senadores), trató el proyecto de ley para reformar el funcionamiento de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza Lucas Ilardo Foto: Orlando Pelichotti (Los Andes )

Las claves para entender la reforma:

  • La Suprema Corte de Justicia funcionará como Colegio de Jueces para el conocimiento de todas las causas que le sean sometidas a excepción de los casos previstos para el funcionamiento y la sentencia en pleno.
  • Sala Administrativa: integrado por la Presidencia y vicepresidencias Primeras y tendrá como facultades y deberes, el conocer en los planteos de queja por denegación o retardo de justicia; designar a los funcionarios y empleados; organizar los Tribunales Inferiores y Juzgados, distribuyendo territorialmente las competencias materiales específicas a tribunales de competencias afines.
  • Apenas se sancione la ley, se comenzará a sortear 3 ministros de los actuales 7 que hoy forman la Suprema Corte para las causas denominadas contenciosos administrativas.
  • Las otras materias que hoy están fijas por ley (penal, laboral y civil) se sortearán a partir del 1 de julio del 2023, con posibilidad de una prórroga con límite al 1 de diciembre.
  • La elección de presidente de la Corte se hará a través de una primera votación con mayoría de 5 a 2. Si no hay acuerdo, habrá una segunda votación similar. Si persiste la falta de acuerdo, se realizará por mayoría simple.
  • Se elegirá dos vicepresidentes por mayoría simple, es decir 4 a 3, pero excluyendo de esa selección a quien salió elegido presidente, salvo empate. Para la elección del segundo vicepresidente se votará sin los elegidos presidente y vicepresidente primero.
  • Se podrá llamar a pleno en una causa con el acuerdo de 2 de los 3 ministros sorteados, o en su defecto con 3 ministros de la Corte.

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