La Cámara Federal de Posadas resolvió suspender la aplicación de una resolución de la Administración de Parques Nacionales que permitía la realización de eventos privados de pequeña escala dentro del Parque Nacional Iguazú.
La medida judicial revierte una decisión de primera instancia y establece una cautelar de no innovar, lo que implica que la normativa queda sin efecto de manera provisoria hasta que se resuelva el fondo de la causa. La resolución había sido aprobada en diciembre de 2025 y habilitaba la organización de actividades con hasta 60 personas en el área Cataratas.
La intervención de la Justicia se dio tras una presentación de una organización ambientalista que cuestionó la falta de estudios de impacto ambiental y de instancias de participación ciudadana previas a la implementación de la medida.
En su análisis, el tribunal consideró que, ante la posibilidad de un daño ambiental, debe primar el principio preventivo, incluso en ausencia de certezas absolutas sobre las consecuencias. También advirtió que este tipo de actividades podrían abrir la puerta a una flexibilización de los controles en un entorno de alta sensibilidad ecológica.
Además, se puso el foco en la necesidad de garantizar procesos transparentes y participativos en decisiones que puedan afectar áreas protegidas, en línea con compromisos internacionales asumidos por el país.
Con este fallo, cualquier intento de habilitar eventos privados dentro del Parque Nacional Iguazú queda en suspenso, en una causa que ahora continuará su curso judicial y que podría sentar un precedente sobre el uso de espacios naturales protegidos.