Conseguir o renovar la Licencia de Conducir puede convertirse en un trámite mucho más complicado de lo habitual, sobre todo tras los últimos cambios que comenzaron a aplicar distintas provincias del país. Mientras algunas jurisdicciones todavía deben adecuar sus sistemas, ya se confirmó que las personas con deudas por cuota alimentaria no podrán sacar ni renovar la licencias.

Conducir ahora es más fácil: ya no será necesario pagar multas para renovar la licencia
La provincia endurece los requisitos para conductores que figuren en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, quienes quedarán inhabilitados para tramitar la licencia interjurisdiccional. La decisión busca reforzar el cumplimiento de las obligaciones familiares y ordenar el acceso a habilitaciones profesionales en todo el territorio.

Requisitos más estrictos: ¿Qué implica el nuevo decreto para conductores profesionales?
El impactante anuncio, fue realizado por el gobierno de Entre Ríos, a través de la Dirección General de Prevención y Seguridad Vial, quien informó que ya no se otorgarán ni renovarán la Licencia de Conducir profesionales interjurisdiccionales a quienes no hayan regularizado sus deudas de cuota alimentaria. La medida redefine el acceso a estas habilitaciones y suma un nuevo control administrativo.
La medida, oficializada mediante el Decreto Nº 835/2026-E-GER-GOB, establece un filtro más estricto para los conductores de las Clases C, D y E, vinculadas al transporte de pasajeros y carga. El objetivo central de la normativa es claro y directo: priorizar la responsabilidad parental como condición indispensable para poder ejercer la actividad profesional al volante sin excepciones.

La adhesión de Entre Ríos en normativas nacionales (Decreto 196/2025), la situación frente al Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Ley 9424) se vuelve determinante.
Al respecto, se anunció que el proceso de control se activará mediante una verificación automatizada para las categorías de transporte de pasajeros D1, D2, D3 y D4, vinculadas a las clases profesionales C, D o E. La Dirección de Seguridad Vial será la encargada de realizar el cruce de datos con el registro correspondiente antes de habilitar o autorizar cada trámite de los conductores solicitantes.
En el caso de la categoría D4, vinculada a servicios de urgencia o emergencia asociados a clases particulares A o B, se aclaró que por limitaciones técnicas transitorias del sistema nacional SIAF, los conductores deberán presentar de manera obligatoria el Certificado de Libre Inscripción. Este requisito se exigirá como respaldo adicional durante el proceso de tramitación correspondiente.
Finalmente, el Gobierno de Entre Ríos indicó que quienes deban acreditar que no poseen deudas alimentarias para avanzar con el trámite de la Licencia de Conducir profesional podrán hacerlo online, a través del portal oficial ante la Dirección General de Asistencia Integral a la Víctima del Delito. El trámite es gratuito y tiene una validez de 60 días.
